Palabras del Secretario General

Prof. JUAN CARLOS GALLEGOS

 

Dim lights Embed Embed this video on your site

 

 

OBJETO Y FINALIDAD DE LA ASOCIACION

Art. 13°. La Asociación tendrá los objetivos y fines que se expresa a

               continuación:

a) agrupar gremialmente al personal Jerárquico del Poder Legislativo Nacional, Provinciales o de la Legislatura de la  Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Concejos  Deliberantes Municipales,  y representarlo ante sus autoridades;

b) propender a la defensa de los intereses profesionales de los  afiliados, exigiendo y fiscalizando el estricto cumplimiento de la  ley 24.600, o  sus equivalentes, en las distintas jurisdicciones;

c) ejercer el derecho de negociar colectivamente participando en reuniones paritarias e individualmente;

d) ejercer el derecho de huelga y de adoptar toda medida legítima  de acción gremial dentro del marco de la Constitución y las  leyes de la Nación;

e) propender a la efectivización de la carrera administrativa del personal de todas las jurisdicciones incluidos en el presente  estatuto e interesar a las autoridades en su formalización y cumplimiento;

f) fomentar vínculos de unión entre el personal , con exclusión de toda connotación política, racial o religiosa;

g) procurar la sanción de disposiciones que mejoren las condiciones laborales y  aseguren la plena estabilidad en el  empleo;

h) propender a la capacitación técnica y elevación cultural de los afiliados;

i) representar al afiliado ante todo organismo que legítimamente  le corresponda representación;

j) establecer convenios con entidades cooperativas y/o mutualistas con la finalidad  de brindar servicios crediticios, turísticos, de  seguros, deportivos, culturales y  otras actividades afines que  sean de beneficio para el asociado;

k) establecer becas de estudio para el asociado y su grupo familiar;

l) organizar excursiones turísticas, colonias de vacaciones y campamento, y otra actividad afin;

m) realizar concursos y certámenes culturales, deportivos, técnicos y de toda índole afín;

n) difundir por cualquier medio de expresión las inquietudes del personal afiliado y las actividades de la Asociación;

o) promover estudios, que permitan encarar los problemas de vivienda de sus  afiliados;

p) auspiciar la creación de un banco sindical y/o mutual;

q) participar e intervenir en la conducción de los servicios de salud en los ámbitos referidos en el inciso a) del presente Artículo;

r) promover vínculos con todas las organizaciones gremiales afines e integrar otras de grado superior;

s) asistir a los asociados, a través de su cuerpo de abogados,  en tramitaciones  judiciales y jubilatorias. Se constituirá como  órgano asesor ad honorem y estará  integrado por  afiliados a la  Asociación. En caso necesario se contratarán  abogados al efecto;

t) propender, mediante propuestas, a la sanción de una ley  jubilatoria que contemple nuestros aportes diferenciados, en  los casos que corresponda.